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Ética Médica y Legislación Sanitaria

Cuando el consejo de salud viene de una pantalla: responsabilidad legal en la automedicación por indicación de farmacéuticos, influencers o foros digitales

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Cuando el consejo de salud viene de una pantalla: responsabilidad legal en la automedicación por indicación de farmacéuticos, influencers o foros digitales

Una búsqueda en internet, un vídeo de un influencer con miles de seguidores, el consejo apresurado de un farmacéutico detrás del mostrador, o el hilo de un foro especializado donde otros usuarios narran sus experiencias con un medicamento. Cualquiera de estos escenarios puede llevar a una persona a tomar una decisión farmacológica sin supervisión médica. Lo que muy pocos saben es que, cuando esa decisión produce un daño, el ordenamiento jurídico español no deja ese perjuicio en un vacío legal.

El fenómeno de la automedicación en la era digital

La automedicación no es nueva. Lo que sí ha cambiado radicalmente es el ecosistema de información —y desinformación— en el que se produce. Según datos del Consejo General de Colegios Farmacéuticos, España tiene una de las tasas más elevadas de automedicación de Europa occidental, y el porcentaje de personas que consultan fuentes digitales antes de tomar una decisión sobre su salud no ha dejado de crecer desde la pandemia de COVID-19.

Este contexto plantea preguntas jurídicas de creciente relevancia: ¿qué ocurre cuando un farmacéutico recomienda un medicamento de venta libre para una dolencia que excede su competencia de consejo? ¿Tiene alguna responsabilidad un creador de contenido que promueve un suplemento que interacciona con otros fármacos? ¿Puede reclamarse algo al administrador de un foro donde un usuario anónimo aconsejó una combinación de medicamentos que resultó perjudicial?

El farmacéutico: un profesional con límites legales precisos

El farmacéutico no es un dispensador automático de medicamentos. La Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y la normativa colegial le atribuyen funciones de consejo farmacéutico activo, especialmente en la dispensación de medicamentos sin receta. Sin embargo, ese rol tiene contornos bien definidos.

El farmacéutico puede orientarte sobre el uso correcto de un medicamento que ya te ha sido prescrito, advertirte de posibles interacciones o contraindicaciones, y recomendarte productos de venta libre para síntomas menores y autolimitados. Lo que no puede hacer es sustituir el diagnóstico médico, recomendar medicamentos de prescripción sin que exista una receta válida, ni aconsejar tratamientos para patologías que requieren evaluación clínica.

Cuando un farmacéutico cruza esa línea y su consejo te causa un daño —por ejemplo, recomendándote un antiinflamatorio que agrava una úlcera no diagnosticada, o indicándote una dosis inadecuada para tu peso o condición—, puede incurrir en responsabilidad civil profesional. La acción judicial correspondiente se ejercería ante la jurisdicción civil, y la carga probatoria recaería en demostrar que el consejo superó el ámbito de su competencia profesional y que existió un nexo causal con el daño sufrido.

El Colegio Oficial de Farmacéuticos correspondiente también puede ser receptor de una queja deontológica, con independencia de la vía judicial.

Los influencers de salud: ¿responsabilidad sin regulación?

Este es el terreno más complejo y, en muchos sentidos, el más desprotegido para el consumidor. España carece de una normativa específica que regule de forma integral la comunicación de salud en redes sociales, aunque el marco jurídico general sí ofrece algunos mecanismos de protección.

En primer lugar, la Ley General de Publicidad y la normativa de la AEMPS prohíben la publicidad de medicamentos de prescripción dirigida al público general, así como la publicidad engañosa de productos sanitarios o suplementos. Si un influencer promociona un producto atribuyéndole propiedades terapéuticas no acreditadas —especialmente si lo hace a cambio de una remuneración no declarada—, puede incurrir en publicidad ilícita.

La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios también puede ser relevante si el contenido se enmarca en una relación comercial encubierta. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado en los últimos años a varios creadores de contenido por no declarar sus acuerdos comerciales con marcas de salud y bienestar.

Sin embargo, la responsabilidad civil directa de un influencer por el daño causado a un seguidor que siguió su consejo de salud es mucho más difícil de acreditar. Habría que demostrar que el creador actuó con negligencia o dolo, que el seguidor actuó de forma razonablemente confiada dadas las circunstancias, y que existe una relación causal directa entre el consejo y el daño. Los tribunales españoles aún no han generado una jurisprudencia consolidada en este ámbito, aunque la tendencia europea apunta hacia una mayor exigencia de responsabilidad para los comunicadores digitales de salud.

Foros de internet y comunidades de pacientes: el consejo del igual

Los foros de pacientes y las comunidades digitales de salud tienen un valor indudable como espacio de apoyo mutuo y de intercambio de experiencias. Pero cuando un usuario —sin formación ni responsabilidad profesional— aconseja a otro que tome un medicamento específico, o que abandone un tratamiento prescrito, y ese consejo produce un daño, la situación jurídica es distinta.

En estos casos, la responsabilidad del usuario que emitió el consejo es muy difícil de perseguir en la práctica, salvo que existan elementos de dolo o de ejercicio ilegal de la medicina. Lo que sí puede analizarse es la responsabilidad de la plataforma que aloja ese contenido. El Reglamento europeo de Servicios Digitales (DSA), en vigor desde 2024, impone a las plataformas obligaciones más estrictas de moderación de contenidos perjudiciales, incluyendo información sanitaria falsa o peligrosa.

Qué puedes hacer como consumidor de salud

Más allá de las vías de reclamación, que existen pero son complejas, hay medidas preventivas y reactivas que conviene conocer:

La responsabilidad compartida de un ecosistema que aún se regula

La automedicación por influencia digital no es un problema de irresponsabilidad individual. Es el resultado de un ecosistema en el que la información de salud se ha democratizado sin que la regulación haya seguido el mismo ritmo. El derecho sanitario español ofrece herramientas para responder ante los daños más evidentes, pero la protección efectiva del paciente en el entorno digital sigue siendo una asignatura pendiente que el legislador no puede seguir aplazando.

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